El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a las personas físicas en este regreso a clases, que los pagos por colegiaturas y transporte escolar (cuando este sea obligatorio o cuando se incluya dicho gasto en la colegiatura), son conceptos deducibles en la declaración anual.
Asimismo, se precisa que el beneficio aplica para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa o para sí mismos.
La deducción de colegiaturas es conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales, mismas que se pueden consultar en: https://www.sat.gob.mx/…/consulta-el-padron-de-escuelas…, los límites anuales son:
· Preescolar: 14,200 pesos
· Primaria: 12,900 pesos
· Secundaria: 19,900 pesos
· Profesional técnico: 17,100 pesos
· Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos
Para obtener este beneficio, la factura debe incluir el complemento de colegiaturas por la institución educativa, en donde se desglose el pago de colegiaturas y transporte escolar.